Título

ICO Red.es Acelera

Descripción

Podrán solicitar esta financiación los beneficiarios de ayudas de las convocatorias publicadas por RED.es. A titulo indicativo, podrán ser clientes las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas en España:

a) Empresas

b) Fundaciones, asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas) y colegios profesionales.

c) Las entidades locales, Comunidades Autónomas uniprovinciales y Ciudades Autónomas.

d) Las Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios.

e) Organismos Públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnológica y la Innovación.

f) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

g) Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación. Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

Conceptos financiables:

Proyectos para los que se apruebe la concesión de ayudas por RED.es, a título indicativo, los siguientes:

1.Proyectos de desarrollo experimental que podrán incluir la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos procesos o servicios nuevos o mejorados en tecnologías tales como:

a) Inteligencia Artificial, Internet de las Cosas (IoT); tecnologías 5G; tecnologías de procesamiento masivo de datos e información; computación de alto rendimiento; computación en la nube; procesamiento de lenguaje natural; ciberseguridad; biometría e identidad digital; Blockchain; robótica; inteligencia artificial; realidad virtual y aumentada; efectos especiales y simulación; micro/nanoelectrónica; Impresión 3D-Fabricación aditiva.

b) Contenidos digitales: puesta a disposición de datos de forma masiva y en formatos reutilizables, videojuegos, animación digital, música, cine y vídeo, contenidos audiovisuales, publicaciones digital, publicidad digital, redes sociales y aplicaciones móviles.

2. Proyectos que fomenten desarrollo, impulso y adopción de tecnologías digitales, que posibiliten el estímulo de la demanda, así como el desarrollo de proyectos tractores y el emprendimiento en el ámbito tecnológico.

Alcance de la ayuda:

La Entidad de Crédito en la que se presente la solicitud decidirá sobre la concesión de la financiación. Con anterioridad el cliente habrá obtenido la aprobación del proyecto y la ayuda correspondiente de RED.es, en las fechas y condiciones establecidas en las correspondientes Convocatorias publicadas por dicha entidad.

Importe máximo: Hasta el 100% del importe del proyecto, menos el importe de pago anticipo realizado de la ayuda, en caso de solicitarse.

Modalidad de la operación: la financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo.
PLazo de amortización y carencia:

a) De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal.

b) de 7 con 0, 1 ó 2 años de carencia.

Tipo de interés del préstamo: el cliente podrá elegir entre un tipo e interés fijo o variable. Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.

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